Si trabajó en un día festivo y no recibió su salario de acuerdo con la ley, puede denunciarlo –

en Ley Federal del Trabajo (LFT) hay días que están marcados como descanso obligatorio, lo que significa que los patrones tienen obligación dar a los empleados un día libre relacionado con un fecha importante que puede ser apropiado, o para una celebración especial como Navidad o Año Nuevo.
Así obtendrán los suyos las personas que no prestan sus servicios salario normal, es decir, sin ninguna descuento. Si el jefe quiere que todos vayan a trabajar en un día festivo, tendrá que pagarlo como se indica en izquierda, según el artículo 74.
quiere decir que si alguien obras Durante cualquiera de estas fechas, tendrás que cobrar tu salario normal más el doble, resultando una jornada triple. Un ejemplo es que si una persona gana 300 pesos por día, para esta ocasión tendrá más del doble, es decir 600, lo que daría como resultado 900 pesos.
¿Dónde reportar un problema de pago?
no importa qué tradiciones sociedad, ni su apoyo o si hay alguna falta de personal, ya que el artículo 73 establece que “los trabajadores no están obligados a prestar servicios en los días libres. Si se viola esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el resto, doble salario por el trabajo realizado”.
Si tu jefe se niega a darte un día libre y tampoco quiere proporcionarle pago según lo indique la LFT, puede reportarlo a Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (Profedet), aquí te brindarán la asesoría necesaria, así como el apoyo gratuito de un abogado que te ayudará con el problema.
En el estado de Puebla, las oficinas de este organismo están ubicadas en AV. 31 pto. 2904, El Vergel, 72400 Puebla. fue abierto dy de lunes a viernes en el horario de 9 am a 3 pm.
El número de teléfono local para comunicarse con esta agencia es el 222 249 8814. Mientras todavía puedes llamar canal que tienen a nivel federal, para lo cual puede llamar 800 911 7877 y para 800 717 29 42. Ante cualquier objeción, es importante que tenga a mano sus datos personales y de empresa.
¿Cuáles son los días de descanso obligatorio?
- El primer lunes de febrero en el día conmemorativo del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en el día conmemorativo del 21 de marzo
- El tercer lunes de noviembre en el día conmemorativo del 20 de noviembre.
- 1 de diciembre cada seis años, cuando corresponda al traspaso del poder ejecutivo federal
- El designado por las leyes electorales federales y locales, en el caso de elecciones ordinarias, para la realización de la jornada electoral.